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El camino de una nueva Constitución

La experiencia internacional en este tipo de cambios constitucionales muestra que la sociedad civil tiene mucha presencia.

 

El país entró de lleno en un proceso constitucional que se calcula estaría finalizando alrededor de julio de 2022. Comenzó con el plebiscito que acaba de realizarse y continúa con la elección de convencionales –quienes integrarán la Convención Constituyente en abril de 2021, simultáneamente con las elecciones de alcaldes y gobernadores regionales.

 

El abogado Sebastián Soto, profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica, explica que, conformada la convención, empezaría su funcionamiento posiblemente en mayo, y tendría 9 meses, prorrogables por otros 3, para proponer un texto a la ciudadanía. “Si es que propone ese texto, es decir, si se ponede acuerdo por los 2/3 de sus miembros, habría un plebiscito de salida que ratifica el texto que propone la convención y terminaría el proceso”, detalla.

 

¿Existe en este proceso alguna instancia de participación para gremios y otras organizaciones?

 

La experiencia internacional en este tipo de cambios constitucionales muestra que la sociedad civil tiene mucha presencia. Van a haber instancias de participación ciudadana y, por supuesto, van a haber también, creo yo, instancias de participación de la sociedad civil y de grupos interesados. En ese sentido, los gremios tendrán una voz. La pregunta es cómo van a canalizarse orgánicamente esas opiniones, eso tendrá que dirimirlo la convención. Los procesos constituyentes de las últimas décadas en el mundo son de abierta participación; también son procesos de gran efervescencia y polarización, la participación no es solo  una deliberación, sino que también hay mucha presión y movilización, y eso hay que tenerlo en cuenta.

 

¿Hay algún modelo que se esté mirando con especial interés?

No, nunca hay una bala de plata en estos momentos constitucionales. Uno aprecia una serie de buenas prácticas que se han tenido en consideración en otros países, pero no hay un modelo único que se esté observando.

 

¿Cuál es la tradición constitucional de Chile?

La tradición constitucional chilena es, en primer lugar, de constituciones escritas. Dos, es de constituciones que reaccionan al momento histórico en el cual fueron escritas, y por eso a veces tienen más vínculo con otras en la región o el mundo, y otras veces se trata de constituciones menos vinculadas con su entorno.

Pero lo cierto es que integran el constitucionalismo global, es decir, que dialogan, a mi juicio correctamente, con las tendencias constitucionales del mundo. Hoy, para escribir constituciones, no solo se mira la historia sino también las discusiones en el mundo. Es lo que ha ocurrido con las constituciones chilenas y lo que probablemente ocurrirá también ahora.

 

¿Qué principios se deberían resguardar?

No es tan sencillo transformarlo en una frase, pero si uno tuviera que dividir una constitución en partes, suelen tener principios, derechos e instituciones. Nosotros, en materia institucional, hemos sido tradicionalmente presidencialistas. Hoy hay una discusión sobre el régimen de gobierno que vendría. A mí me parece que debiésemos seguir siendo presidencialistas, no obstante pudiera fortalecerse y dignificarse la labor legislativa, que hoy está dañada.

 

También en materia de instituciones, hay debate sobre el Tribunal Constitucional, pero ésta es una institución muy común en las constituciones del mundo, y así también con otras instituciones. Luego está toda la parte de los principios, que son muy comunes en las constituciones a partir de la segunda mitad del siglo XX, y en ellas se intentan expresar aspiraciones, directrices y, a veces, como en las constituciones latinoamericanas, se incorporan demasiados de estos principios y se genera una inflación excesiva de declaraciones de buena intención. Creo yo que eso es una tendencia que debiéramos evitar.

Y finalmente están los derechos, y ahí efectivamente es donde hay más vínculos con el constitucionalismo global. Las nuevas constituciones tienden más bien a hacer crecer los catálogos de derechos, y eso hay que mirarlo ciertamente con cuidado.

 

El abogado Sebastián Soto, director del departamento de derecho público de la pontificia universidad católica,  explica los pasos del proceso y los posibles énfasis que se darán en el debate.

 

¿A qué debiera poner atención el sector privado?

Hay varios llamados que uno podría hacerle al sector privado. El primero es un llamado a la participación y la influencia, porque la discusión constitucional va a requerir insumos y hacer ver los puntos de vista relevantes para que el país el día de mañana siga progresando. Las constituciones no son cartas mágicas que permiten traer automáticamente el progreso, pero sí fijan un marco importante para que éste se desenvuelva con estabilidad y confianza. Ahora, una mala constitución puede rápidamente deteriorar no solo las instituciones y el Estado, sino que puede deteriorar todo el ambiente de la política, y por supuesto, también el ambiente social y económico, por eso es relevante poner atención. No hay una parte específica, un derecho particular que interese al sector privado por sobre otros, la verdad es que es todo el cuerpo constitucional, su armonía, su coherencia, su contenido, lo que interesa.

 

Porque al sector privado le interesa que el Estado funcione bien, que haya un marco de derechos fundamentales, no solo la propiedad sino que muchos otros, que permitan el desarrollo de las libertades, la protección de los derechos esenciales y, finalmente, un estado de derechos que dé garantías. Al sector privado le interesa entonces que la constitución establezca las bases de un ordenamiento jurídico de relativa estabilidad y apertura hacia el emprendimiento, la colaboración privada, y todo eso, entonces, no depende de un artículo, sino de todo el texto y su contexto.

 

¿Cuál es su impresión sobre el derecho de propiedad?

Creo que en torno al derecho a la propiedad se han esparcido algunos temores que a mí me parece que son relativamente infundados. En primer lugar, si uno mira las constituciones que característicamente son de izquierda y de países a los cuales nosotros jamás debiéramos imitar, como Cuba y Venezuela, sus constituciones también reconocen el derecho de propiedad. Entonces, no es que esté en duda si va a ser reconocido o no, ni los sueños más sesenteros de algunos sectores políticos radicales pudieran, creo yo, llegar a sostener aquello. Lo importante, sí, es cómo el texto que reconozca el derecho de propiedad va a establecer el balance entre el interés individual y el interés colectivo. Ésa me parece que es la cuestión más importante, y para ello entonces hay que mirar lo que ha sido la tradición constitucional chilena, que ha balanceado estos dos intereses anclados a la cláusula de función social de la propiedad. A mí me parece que ésa es una cláusula razonable, está bien redactada, podrá perfeccionarse un poco o no pero finalmente creo que ahí hay un camino que, en primer lugar, hay que decirlo, fue redactado el año ‘67 y modificado en algunas partes el año 1980, y, en consecuencia, creo que sobre esa base es que tenemos que dar una discusión sobre el derecho de propiedad.

 

En la medida que hay muchos derechos reconocidos, lo que ocurre finalmente es que esos derechos tienen menos relevancia, operan menos como cartas de triunfo, porque si todos tienen un derecho, en realidad nadie lo tiene.

 

 

¿Qué se vislumbra que se cambiará sobre la Constitución actual?

Es muy difícil adelantarlo porque posiblemente haya muchos debates al mismo tiempo, pero a mí no me cabe ninguna duda de que va a haber una discusión, en primer lugar, respecto al rol del Estado, y que va a ser una discusión que se va a desplegar principalmente a nivel de principios. Luego también creo que va a haber una discusión en torno al régimen de Gobierno y el rol de nuestro presidencialismo, y creo que va a haber un intenso debate sobre el catálogo de derechos, no solo los derechos sociales sino que en general, y lo que me temo ahí, a mi juicio incorrectamente, es que estamos demasiado influidos por la tendencia latinoamericana a la inflación de derechos, y creo que en los catálogos debiéramos ser especialmente sobrios. En primer lugar, para evitar la judicialización, y dos, para evitar que la existencia de innumerables derechos termine debilitando el tener un derecho, porque en la medida que hay muchos derechos reconocidos, lo que ocurre finalmente es que esos derechos tienen menos relevancia, operan menos como cartas de triunfo, porque si todos tienen un derecho, en realidad nadie lo tiene.

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